El Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires falló de manera favorable a una demanda presentada en el 2007 pidiendo declarar la inconstitucionalidad del artículo 4.7.2.1. del Código de Edificación, la Resolución Número 878/06, la Ordenanza Número 24.654, el Decreto de Necesidad y Urgencia Número 1/05 y el Decreto de Necesidad y Urgencia Número 2/05, medidas del Gobierno de la Ciudad tomadas después de la tragedia de Cromagnon.
La entidad demandante fue la UMI (Unión de Músicos Independientes), y la sentencia de la Justicia Porteña hace caer estas tres normas que avasallaban la libertad de trabajo de los músicos:...
1) El máximo de cinco artistas para actuar en un local
2) La obligación de declarar el detalle de la naturaleza y descripción del espectáculo, número de personas que lo ejecutan, nombre de la banda o persona que lo ejecuta
3) La imposición del cronograma anual que incluye fechas de realización y horarios de inicio y finalización de la actividad.
A partir de este fallo publicado el 1/2/08, se espera el acatamiento del Poder Ejecutivo y el Legislativo para que dichas reglamentaciones queden definitivamente sin efecto, y se afloje en una pequeña parte la presión sobre los artistas autogestionados...
...La victoria judicial de la UMI sobre el Gobierno de la Ciudad en este caso puntual, sienta un importantísimo precedente para la continuidad de la lucha contra la monopolización de los espacios para la música, por el igualamiento de las posibilidades para las bandas independientes, y por la libertad de expresión y trabajo de todos los artistas de la ciudad.
Más info: http://umiargentina.com/
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